Defensa DH / Ejecuciones extrajudiciales

Cinco casos de Ejecuciones Extrajudiciales
presentados por el GIDH ante la Comisión Interamericana

JORGE ALONSO LÓPEZ HIGUITA y 
JUAN RAMÓN GALLEGO

Jorge Alonso López tenía 21 años y vivía con su madre en el municipio de Urrao, Antioquia.

El 7 de enero de 2008 se encontraba en casa en compañía de su amigo Juan Ramón Gallego. Mientras su madre se ocupaba de oficios domésticos salieron a conversar al frente de la casa. Momentos después la señora salió para ofrecerles algo de comer y no los encontró. Al ver que pasaba el tiempo y su hijo no llegaba, indagó en la casa de Juan Ramón y allí le informaron que no sabían nada de ellos.

Al día siguiente una vecina le comentó que a su hijo y a su amigo se los habían llevado dos hombres encapuchados. Las familias de Jorge Alonso López y de Juan Ramón Gallego iniciaron su búsqueda en distintos lugares de la zona y en el Hospital municipal, sin resultados positivos, pero se enteraron que en el vecino municipio de Caicedo habían aparecido dos cadáveres; se dirigieron hasta esa localidad y verificaron que efectivamente se trataba de Jorge Alonso y Juan Ramón.

En el hospital de Caicedo les informaron que los cadáveres habían sido llevados por miembros del Batallón de Infantería Cacique Nutibara del Ejército Nacional y que los habían presentado como guerrilleros dados de baja en combate en la vereda La Manga de ese municipio

Jorge Alonso López y su amigo Juan Ramón Gallego fueron ejecutados por miembros del Ejército Nacional.

El 4 de noviembre de 2009 el GIDH presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos una denuncia sobre estos hechos, la cual fue trasladada al Estado de Colombia el 6 de septiembre de 2010 bajo el No. P-1415-09.

El 22 de julio de 2015 la Comisión aprobó el Informe de Admisibilidad No. 34/15 y acumuló 37 peticiones sobre ejecuciones extrajudiciales bajo el caso No. 12.998

FRANCISCO JAVIER CHICA

Vivía en la vereda Organí del municipio de Valdivia, Antioquia con todo su núcleo familiar, allí trabajaba como agricultor en una finca de propiedad de su abuelo.

En febrero de 2007 Francisco Javier había sido detenido en Puerto Valdivia por soldados del Batallón Rifles y puesto a disposición de la Fiscalía seccional de Caucasia que lo remitió a su vez a Fiscalía Seccional de Yarumal, donde tenía una denuncia por homicidio simple. A los 15 días de su arresto fue dejado en libertad y regresó al municipio de Briceño.

El 13 de marzo de 2007, aproximadamente a las seis de la mañana, Francisco Javier fue detenido nuevamente en el municipio de Briceño por miembros del Ejército Nacional pertenecientes al Batallón de Infantería Nro. 10 “Atanasio Girardot”, cuando se encontraba pescando en la orilla del río Cauca en compañía de varias pescadores, entre ellos el señor Santiago Serna. Ambos fueron llevados a una casa abandonada donde fueron interrogados aproximadamente hasta las 8:30 de la de la noche.

Campesinos de la zona amigos de Santiago Serna intercedieron ante el comandante de la tropa, quien aceptó dejar en libertad a Santiago Serna más no a Francisco Javier Chica con el argumento de que tenía sindicaciones de ser colaborador de la guerrilla.

Horas después su cuerpo fue entregado en la morgue del Hospital municipal de Briceño, presentado como un guerrillero dado de baja en combate.

El 4 de noviembre de 2009 el GIDH presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos una denuncia sobre estos hechos, la cual fue trasladada al Estado de Colombia el 3 de septiembre de 2010 bajo el No. P-1417-09.

El 22 de julio de 2015 la Comisión aprobó el Informe de Admisibilidad No. 34/15 y acumuló 37 peticiones sobre ejecuciones extrajudiciales bajo el caso No. 12.998

ALBERTO ELÍAS MAZO ÁLVAREZ

Campesino que trabajaba labores de agricultura y venta de ganado caballar y mular en el corregimiento de Cedeño, perteneciente al municipio de Yarumal (A) lugar donde vivía desde hacía aproximadamente cuatro años.

El 21 de noviembre de 2007 fue retenido en la vereda “El Respaldo” en el corregimiento de Cedeño por tres personas que vestían de civil.

Los hombres sin mediar palabra lo amarraron y se lo llevaron pasándolo por el frente de la escuela del lugar en donde fue visto por varios testigos.  Desde allí fue conducido a pie hasta la vereda La Quiebra que queda a 2 horas de distancia aproximadamente.

Esa noche ALBERTO ELÍAS fue ejecutado extrajudicialmente por miembros del Ejército Nacional, lo que se afirma con las versiones de varios pobladores del lugar, quienes declararon que escucharon lamentos y disparos, pero que no hubo combates. Al día siguiente tropas del Ejército Nacional pertenecientes al Batallón Girardot informaron que habían dado de baja en combate a un guerrillero NN.  No hubo ningún reporte de material bélico incautado a Alberto Elías Mazo.

El 6 de noviembre de 2009 el GIDH presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos una denuncia sobre estos hechos, la cual fue trasladada al Estado de Colombia el 3 de septiembre de 2010 bajo el No. P-1414-09.

El 22 de julio de 2015 la Comisión aprobó el Informe de Admisibilidad No. 34/15 y acumuló 37 peticiones sobre ejecuciones extrajudiciales bajo el caso No. 12.998